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LOS VERDES DEL SURESTE DE GRAN CANARIA

CARTA ORDENANZAS

CARTA ENVIADA AL AYUNTAMIENTO DE AGÜIMES SOLICITANDO UNA ORDENANZA REGULADORA DE PESTICIDAS
(CARTAS SIMILARES SE ENVIARION A LOS AYUNTAMIENTOS DE SANTA LUCIA E INGENIO)

Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Agüimes
C/ Doctor Joaquín Artiles, 1
35260- Agüimes.
11 de mayo de 2004

Ana María Pérez Herrera, en representación del Grupo Político Verdes del Sureste, con DNI ********, con domicilio social en C/ Domingo Monteverde 112, 35118-ARINAGA

EXPONE

Que nos consta que existe un riesgo para la salud cuando se realizan tratamientos con pesticidas tóxicos en cultivos cercanos a viviendas produciendo efectos directos en sus habitantes, tales como broncoespasmos y ataques de asma.

Que además, según estudios realizados por las Universidades de Granada y de las Palmas podría haber una relación entre la utilización de determinados pesticidas tóxicos que se están utilizando con cierta fre-cuencia en los cultivos del municipio y el desarrollo de ciertas patología crónicas, favoreciendo por tanto cánceres de mama y endometrio, defectos de nacimiento y alteraciones neurológicas.

Que los más afectados por una mala utilización de los pesticidas tóxicos son los trabajadores agrícolas.

Que el articulo 45 de la Constitución Española recoge el derecho constitucional a disfrutar de un medio am-biente adecuado .

Que el articulo 51 de la Constitución Española establece la obligación de que los poderes públicos garanti-cen la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguri-dad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.

Que la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece en su articulo 2 que “el Munici-pio ejercerá, en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las materias de Protección del medio ambiente y abastos, mataderos, ferias, mercados y defensa de usuarios y consumidores (entre otras)., permitiendo mediante su artículo 28 que “Los Munici-pios pueden realizar actividades complementarias de las propias de otras Administraciones Públicas en protección del medio ambiente.

Que el artículo 9 de la Ley 1/1998 del Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades clasifi-cadas faculta a los órganos de gobierno municipales para aprobar ordenanzas y reglamentos, ejercer las facultades de inspección y comprobación y ejercer la potestad sancionadora sobre asuntos de su compe-tencia.

Que teniendo en cuenta que el sector agrario es fundamental para el municipio por ser unas actividad eco-nómica importante para la comarca, una fuente de riqueza, de mano de obra y un valor paisajístico.

SOLICITA

Que se considere la aprobación de una ordenanza que controle las aplicaciones de pesticidas tóxicos en zonas próximas a núcleos de población.

Que la elaboración de las ordenanzas reguladora de la aplicación de pesticidas tóxicos sea fruto de un debate social entre el sector agrícola y el resto de los vecinos.

Que para desarrollar las medidas de control concretas se realice un trabajo técnico realizado por un equipo interdisciplinar, que establezca las condiciones que garanticen que la aplicación de pesticidas tóxicos no cause daños sobre la salud de los ciudadanos ni sobre el medio ambiente. Tendrá que determinarse la dis-tancia mínima entre los cultivos tratados y las viviendas, animales domésticos, espacios naturales, playas, etc.

Que se controlen adecuadamente que los puntos de venta de productos fitosanitarios tóxicos en el munici-pio cumplan con la legislación vigente, cuenten con la oportuna licencia municipal y estén debidamente ins-critos en el Registro Oficial de Establecimientos Fitosanitarios.

Que realicen las gestiones oportunas que garanticen que los productos agrícolas que se comercializan en el municipio estén libres de residuos de pesticidas en cantidades superiores a las permitidas por la actual legislación. (RD 280/1994).

Que desde los Ayuntamientos, y en colaboración con la Consejería de Agricultura del Gobierno de Canarias se realicen las acciones formativas necesarias que permitan a los agricultores la obtención del carné de manipulador de productos fitosanitarios.

Nos podemos a su disposición para proporcionales la información y la ayuda necesaria para confeccionar las ordenanzas propuestas.

Atentamente,

Ana María Pérez Herrera

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